¿Quién puede aceptar y repudiar la herencia de un menor de edad? El artículo 461-9.1 del Código Civil de Cataluña, establece que “pueden aceptar y repudiar la herencia las personas con capacidad de obrar”. La capacidad de obrar plena se alcanza a la mayoría de edad (18 años en España), por lo que los menores de…
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